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Seguro de Transporte de Mercaderías

El Seguro de Transporte de Mercaderías de MAPFRE brinda coberturas que comienzan al salir los efectos del lugar de almacenamiento acordado en la póliza.

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Inicia la protección de tus mercancías desde su salida con nuestro Seguro de Transporte de Mercaderías en MAPFRE. ¡Asegura tu carga hoy mismo!

El Seguro de Transporte de Mercaderías de MAPFRE, en sujeción a lo aquí dispuesto, garantiza una serie de coberturas que el Asegurado debe conocer de antemano, y que entrarán en vigor desde el momento en que los efectos salen del depósito o lugar de almacenamiento acordado en la póliza. El periodo de vigencia se mantendrá durante el curso ordinario del tránsito, hasta dar a su término al ser entregados:
  • Depósito de los consignatarios

    En el depósito de los consignatarios o en otro depósito final o lugar de almacenamiento en el destino mencionado en la póliza.

  • En cualquier otro depósito

    En cualquier otro depósito o lugar de almacenamiento, ya sea con anterioridad a la llegada o en el destino mencionado en la póliza a elección del Asegurado.

  • Al término de 60 días

    Al término de 60 días después de completada la descarga de los efectos asegurados por la presente de a bordo del buque de ultramar en el puerto final de descarga.

Si, debido a circunstancias ajenas al control del Asegurado, el contrato de fletamiento terminase en un destino distinto al mencionado, o la aventura terminase de otro modo antes de la entrega de los efectos, este seguro permanecerá en vigor, siempre que se dé inmediato aviso a la Compañía, y sujeto a una posible prima adicional, hasta que:
  • Los efectos sean vendidos y entregados en tal puerto o lugar o, salvo convenido de otra manera, hasta la expiración de 60 días después de completada la descarga de los efectos asegurados de a bordo del buque de ultramar en tal puerto o lugar, según lo que ocurra primero.
  • O bien, si los efectos, dentro del citado periodo de 60 días o cualquier ampliación que se haya convenido entre las partes, son remitidos al destino que aparece en la póliza.

Esta póliza incluye el tránsito en embarcaciones menores, tales como balsas o lanchas, desde o hasta el buque, aunque serán consideradas con seguros por separado sin perjuicio para el Asegurado.